El Observatorio de Salud Sexual, ONSEX , ante las recientes informaciones en torno al desarrollo de pseudoterapias de contenido homófobo, ilegales y clandestinas para “curar” la homosexualidad por parte de Entidades dependientes o vinculadas a algunos sectores de la Iglesia Católica en diferentes obispados españoles como Valencia, Murcia, Alcalá de Henares o Cantabria
MANIFIESTA
Que este tipo de intervención pseudoterapéutica carece de cualquier tipo de validez científica y existe evidencia de su peligrosidad porque suelen provocar problemas psicopatológicos de distinto índole al tener la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género, aspectos que forman parte de nuestra diversidad sexual.
Desde un punto de vista científico, ya en 1973 la Asociación Americana de Psiquiatría (APA) decidió eliminar la homosexualidad del ‘Manual de Diagnóstico de los trastornos mentales’ (DSM) y urgió a rechazar toda legislación discriminatoria contra las personas LGTBI.
Posteriormente, en 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS) excluyó la homosexualidad de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y otros Problemas de Salud. Ambas decisiones se basaron en una completa revisión de la producción científica existente.
En esa misma línea, la Asociación Americana de Psicología (APA) en 2009 declaraba del todo inadmisible que los profesionales de la salud mental “indicaran, instaran o hicieran creer a sus pacientes que es posible modificar su orientación sexual y convertirse en heterosexuales mediante algún tipo de intervención terapéutica o tratamiento”. Dicha declaración tiene como base más de 80 estudios acerca del cambio de orientación sexual que llevan a concluir que no existe ninguna evidencia científica de que una persona homosexual pueda dejar de serlo, más bien por el contrario, los fallidos esfuerzos por conseguirlo suelen derivar en problemas de ansiedad, depresión y suicidio.
En 2015, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró formalmente que las supuestas «terapias» que buscan «modificar» la orientación sexual o identidad de género sobre personas LGTBI son “carentes de ética, sin bases científicas e ineficaces, además de poder llegar a la tortura”.
Desde una perspectiva legal, en España la ley de Protección Integral contra la LGTBfobia de Madrid, en su artículo 70.4.C y su homónima en Valencia son bastante claras y consideran como una infracción muy grave “la promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona. Para la comisión de esta infracción será irrelevante el consentimiento prestado por la persona sometida a tales terapias”.
El incumplimiento de esta ley y su amparo o justificación puede ser constitutivo de delito, por lo que confiamos en que nuestro sistema jurídico tome las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.
Manifestamos además nuestra más firme crítica a quienes desarrollan, justifican o promueven este tipo de prácticas, ya que fuera de todo código deontológico aplican intervenciones acientíficas guiadas por el dogmatismo, más propias de criterios morales excluyentes y estigmatizadores que de una sociedad en la que todas las personas tengan cabida y sean respetadas.
Observatorio de Salud Sexual, ONSEX